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Una de las principales dudas que se plantean los Proveedores de Servicios Digitales es la relativa al cumplimiento normativo, en esta entrada de blog trataremos de aclarar este aspecto, facilitando la información y los enlaces a las páginas y herramientas que INCIBE y la Secretaría de Estado de Digitalización e inteligencia Artificial, pone a disposición de estas entidades para facilitar el cumplimiento normativo.

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Como continuación del anterior artículo en el que veíamos los sectores y tamaños de empresas a los que se aplicará la NIS2 cuando se publique su trasposición a la legislación española, vamos a ver la clasificación de las entidades según el régimen de supervisión que les aplica en esenciales e importantes y las obligaciones de notificación y aplicación de medidas que han de cumplir.

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Con el tiempo, se ha visto que la Directiva NIS tenía algunas carencias que daban poca uniformidad a la ciberseguridad y ciberresiliencia de la sociedad y los mercados digitales en la Unión. Por ello, en el marco de normas de la UE respecto a la ciberseguridad, en el 2022 se publicó una nueva versión de esta norma que la sustituye: la Directiva NIS2.